¿Qué días no trabajan los bancos en 2014?

horario-de-bancos-mexico¿Qué días son feriado bancario en México en 2014? ¿Qué sucursales abren sus puertas los días festivos?

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores publica en el Diario Oficial de la Federación los días en que las instituciones de crédito deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones durante 2014.

Feriados bancarios 2014

I. El 1 de enero

II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, es decir, el 3 de febrero

III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, es decir, el 17 de marzo

IV. El 17 y 18 de abril

V. El 1 de mayo

VI. El 16 de septiembre

VII. El 2 de noviembre. Adicionalmente, el tercer lunes de dicho mes en conmemoración del 20 de noviembre, es decir, el 17 de noviembre

VIII. El 12 y 25 de diciembre

IX. Los sábados y domingos, en adición al domingo señalado en la fracción VII anterior

¿Qué instituciones financieras tienen estos feriados en 2014?

Las instituciones de crédito, casas de bolsa, sociedades de inversión, sociedades operadoras de sociedades de inversión, sociedades y entidades financieras que actúen con el carácter de distribuidoras de acciones de sociedades de inversión, sociedades valuadoras de acciones de sociedades de inversión, instituciones calificadoras de valores, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, bolsas de valores, bolsas de futuros y de opciones, instituciones para el depósito de valores, contrapartes centrales de valores, cámaras de compensación de futuros y opciones y sus socios liquidadores, uniones de crédito, sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias, y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, deberán cerrar sus puertas, suspender operaciones, así como la prestación de servicios al público en la República Mexicana.

¿Qué instittuciones financieras no están obligadas a cerrar sus puertas en los feriados de 2014?

Los almacenes generales de depósito y casas de cambio podrán abrir sus puertas, operar y prestar servicios al público todos los días del año 2014, siempre que se ajusten a las presentes disposiciones.

Las demás entidades financieras, instituciones y organismos objeto de la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, no comprendidos en el primer y segundo párrafos de este artículo, no estarán sujetos a estas disposiciones.

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